Los vecinos y vecinas propietarios/as con domicilio en la ciudad de Río Cuarto que, pueden solicitar la eximición o condonación de impuestos municipales, según lo establecido por la Ordenanza N.º 934/18.
¿Quiénes pueden solicitar la condonación o eximición?
Contribuyentes desocupados, personas en situación de discapacidad, ex Combatientes de Malvinas, jubilados con el haber mínimo o con pensiones no contributivas nacionales, personas con capacidad contributiva reducida.
El trámite debe ser iniciado exclusivamente por el/la titular de manera presencial
¿Dónde y cómo se realiza el trámite?
Solicitar turno presencialmente en la Mesa de Entrada del Concejo Deliberante (Sobre Monte 1135). Antes puede consultar al 4678430 opción 3 o al interno 222.
Para más información puedes acceder a https://concejoriocuarto.gob.ar/
