Hay momentos en que una institución no solo acusa, se desnuda.
El alegato de la Fiscalía General en el Jury contra los fiscales del caso Dalmasso dejó una imagen difícil de disimular. La acusación giró alrededor de una idea presentada casi como verdad revelada, como hipótesis obvia, evidente y concluyente a Nora Dalmasso la mató Marcos Roberto Barzola.
El problema es brutal en su sencillez: Barzola no fue condenado. No tuvo aún un juicio oral y público. No existe una sentencia firme que lo declare autor del hecho. No atravesó el único escenario donde el Estado puede, con algún grado de legitimidad, desvirtuar el principio de inocencia que ampara a cualquier ciudadano. Las libertades de los ciudadanos reposan sobre un principio fundamental sin condena penal firme con prueba, defensa, contradicción y sentencia cualquier persona debe ser considerada inocente.
Pero para la Fiscalía General eso pareció ser apenas un detalle incómodo. Barzola fue tratado como culpable sin juicio. Y tres fiscales acusados, finalmente, fueron destituidos bajo tal premisa.
Ese es el corazón oscuro del asunto.
La Fiscalía General convirtió una probabilidad en sentencia por la fuerza voluntarista de fundamentar un jury. No se puede señalar a una persona como responsable de un crimen, en un ámbito institucional de máxima exposición pública, mientras esa persona conserva intacto su estado de inocencia. No podría hacerlo cualquier funcionario. mucho menos puede hacerlo el órgano que conduce la política criminal de la Provincia de Córdoba.
El mensaje que deja esta acusación es inquietante pero no para Di Santo, Miralles y Pizarro, sino para los ciudadanos de Córdoba: primero se elige un culpable, se construye una verdad retrospectiva sin sentencia, después se castiga a quienes no la evidenciaron a tiempo.
Así, el principio de inocencia queda reducido al señalamiento con el dedo sin juicio. Y ese dedo pesa. Pesa porque viene de la Fiscalía General. Pesa más cuando se pronuncia en un Jury. Pesa más cuando no solo pretende instalar una culpabilidad sin condena, sino usar esa culpabilidad no declarada para remover magistrados.

El segundo problema derivado de la acusación de la Fiscalía General es todavía más grave para los ciudadanos.
Si el buen obrar de un fiscal se mide por la obtención de una condena, el incentivo deja de ser probar hechos y pasa a ser construir culpables. El fiscal ya no buscará únicamente determinar qué ocurrió, con qué prueba y respecto de quién. Empezará a preguntarse quién encaja mejor en la hipótesis, quién resulta más funcional al relato, quién puede ser presentado como sospechoso aceptable ante la presión pública o institucional.
Y ahí empieza el barro. Hay peligros que todavía no han terminado de romper el cascarón, pero cuya forma ya puede verse con inquietante claridad. Bajo la apariencia de un debate disciplinario, empieza a gestarse una doctrina institucional profundamente riesgosa. Una investigación penal se valora por el resultado y no por su apego a la ley. Dentro de él late una idea peligrosa: convertir al Ministerio Público en una maquinaria de acusar, reemplazar la prudencia por obediencia, y transformar la presunción de inocencia y el debido proceso en un obstáculo incómodo frente a la necesidad de encontrar culpables. Como se dijo: el huevo de la serpiente.
El razonamiento utilizado por la Fiscalía General – órgano a cargo de decidir la política de la persecución penal de la Provincia- es ni más ni menos que la antesala del regreso del derecho penal de autor y allí reside el peligro para las libertades de los ciudadanos.
Señalar que si una causa no termina con la condena que la Fiscalía General esperaba entonces hay mal desempeño importa convertir al Ministerio Público Fiscal en una fábrica de “acusadores a ultranza” y esto se aparta del diseño constitucional colocando en riesgo las libertades individuales.
Ese es el punto de quiebre y el regreso del derecho penal de autor, la búsqueda del ciudadano que encaja en la historia aún antes de la condena.

Ese mensaje no fortalece al Ministerio Público. Lo degrada. Lo convierte en una estructura de persecución antes que en un órgano de objetividad. Y un fiscal que pierde la objetividad no solo perjudica al imputado, compromete a toda la ciudadanía.
Por eso el precedente es tan grave. Porque no se trata solamente de revisar una investigación pasada. Se trata de decidir qué tipo de Ministerio Público queremos hacia adelante, uno que investigue con legalidad, prudencia y objetividad, o uno que produzca acusaciones para protegerse a sí mismo.
Si la regla pasa a ser que una causa sin condena equivale a mal desempeño, entonces ningún fiscal prudente estará a salvo. Pero, sobre todo, ningún ciudadano estará a salvo. Cuando el Estado exige condenados para demostrar eficiencia, cualquiera puede convertirse en el personaje adecuado para llenar ese casillero.

